A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Maria Rosina Aguirre Rondon·Respondent Nueva Eps Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexistencia por inobservancia de los principios del trámite de la acción de tutela
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado por el Juzgado 2 Administrativo de Arauca.
Como antecedentes de este caso se tiene que el accionante presentó la solicitud de amparo directamente al Juzgado1 Promiscuo Municipal de Arauquita, quien remitió el expediente a la Oficina de Apoyo Judicial de Arauca para que lo sometiera al respectivo reparto.
La precitada oficina realizó el reparto y el asunto le correspondió al juzgado de la referencia, el cual propuso el conflicto negativo de competencia y remitió el expediente a la Corte para dar trámite al mismo.
Para el efecto argumentó que, como la solicitud de amparo se dirigía contra la Nueva EPS y el hecho dañoso se originaba en Arauca, cualquier juez municipal, del circuito o incluso tribunal con jurisdicción dentro de ese departamento, podía conocer de ella, puesto que no se aplicaba alguna exclusión por competencia.
Al analizar el asunto decidió la Sala Plena abstenerse de emitir pronunciamiento sobre el aparente conflicto de competencia que se planteó en esta oportunidad y dispuso devolver el expediente al Juzgado 2 Administrativo de Arauca para que, de manera inmediata, adopte las determinaciones que en derecho correspondan en relación con la acción de tutela.
Al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Arauquita se le hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, cuando remita a las oficinas de apoyo judicial las tutelas que erróneamente se hayan radicado directamente en su correo por parte de los accionantes, se abstenga de referir argumentación relacionada con las reglas de reparto o con el análisis de su competencia.
En consecuencia, con el fin de evitar confusiones, el titular del despacho deberá señalar de manera expresa que "remite la actuación para su respectivo reparto", como una actuación de tipo administrativo y en virtud del principio de imparcialidad.
Lo anterior, con el objeto de que no se excluya indirectamente de un eventual reparto oficial y conocimiento de la acción.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. ABSTENERSE de pronunciarse sobre el aparente conflicto de competencia suscitado por el Juzgado 002 Administrativo de Arauca, Arauca, dentro de la acción de tutela interpuesta por William Joneyder Castro García contra la Nueva EPS y otras.
- SEGUNDO. DEVOLVER el expediente ICC-4987 al Juzgado 002 Administrativo de Arauca, Arauca, para que, de manera inmediata, adopte las determinaciones que en derecho correspondan en relación con la acción de tutela.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Arauquita para que, en lo sucesivo, cuando remita a las oficinas de apoyo judicial las tutelas que erróneamente se hayan radicado directamente en su correo por parte de los accionantes, se abstenga de referir argumentación relacionada con las reglas de reparto o con el análisis de su competencia. En consecuencia, con el fin de evitar confusiones, el titular del despacho deberá señalar de manera expresa que "remite la actuación para su respectivo reparto", como una actuación de tipo administrativo y en virtud del principio de imparcialidad. Lo anterior, con el objeto de que no se excluya indirectamente de un eventual reparto oficial y conocimiento de la acción.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICARLE la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 002 Administrativo de Arauca y al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Arauquita.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.